El Tribunal Supremo Administrativo ha derogado definitivamente por ilegal la resolución del Tribunal Administrativo de la ciudad de Sliven, según la cual se define como una discriminación la obligación de vacunar a los niños que frecuenten guarderías. Las autoridades sanitarias recurrieron el fallo del Tribunal Regional. Los jueces y fiscales del Tribunal Supremo han manifestado que el requisito de la vacuna obligatoria no contrapone un grupo de niños a otro, sino que está orientado únicamente a propiciar condiciones idóneas para la realización de las inmunizaciones planeadas de niños, estipuladas por la ley, y a proteger su salud y su vida de epidemias. De este modo el Estado protege la salud y la vida de todos los ciudadanos búlgaros, dice en los motivos de la resolución, citados por la Oficina de Prensa del Tribunal Supremo Administrativo.
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