Recientemente el Parlamento aprobó en primera lectura enmiendas al Código Penal Procesal, promovidas por diferentes grupos parlamentarios, votadas con inusual prontitud y unanimidad por los diputados. Su principal finalidad es mejorar la eficiencia de las medidas cautelares y de las demás formas de coerción procesal, impuestas a los imputados y los acusados.
Se dedica atención especial a la prevención mediante pulseras electrónicas de la posibilidad de que delincuentes sentenciados se sustraigan de la acción de la justicia. Respecto de estas pulseras, el viceministro de Justicia, Petko Petkov, comentó que su aplicación es posible sólo en algunos casos y no puede solucionar los problemas relacionados con la búsqueda y localización de las personas sentenciadas con penas privativas de libertad.
“En cuanto sea impuesta la medida cautelar de arresto domiciliario, la vigilancia con ayuda de pulseras electrónicas sí cabe puesto que permite ejercer un mejor control con menores gastos. Para colocar la pulsera electrónica a los acusados de delitos graves se requerirá orden judicial”.
Según el viceministro, es preciso mejorar la calidad del trabajo de los servicios del Ministerio del Interior encargados de la búsqueda de prófugos.
“Se ven a veces en la imposibilidad de localizar a personas que incluso o por colmo ni siquiera se esconden. En este sentido cabe analizar la capacidad del Ministerio del Interior, la necesidad de que sus funcionarios reciban formación adicional y las maneras de proporcionársela. Hay que ver también si son realmente buscadas las personas que pretenden sustraerse de la acción de la ley o es que no se les busca”, ha comentado el viceministro.
Otras líneas estratégicas en la reforma de la normativa reguladora de las penas es el propósito de aliviar algunos regímenes e incriminar determinados actos que hasta ahora no han sido considerados delitos. Una de las propuestas en este sentido fue presentada en 2010, durante el anterior Gobierno de GERB mas no recibió apoyo. Contempla tipificar como infracción y no como delito la práctica de conducir un vehículo habiendo consumido alcohol. En opinión de Petko Petkov, esto reducirá en un 25 % el trabajo del Ministerio del Interior y de la Fiscalía, que podrán centrarse en los delitos más graves.
“De momento este delito se sanciona con pena privativa de libertad hasta un año, y muchas veces se aplica probación en lugar de prisión, más la prohibición de conducir automóvil por determinado periodo, arguye el viceministro. Lo único que interesa a los acusados en asuntos por conducción tras consumo de alcohol es por cuánto tiempo les será retirado el permiso de conducir y precisamente esta sanción, en concreto su duración, es la que rinde el mayor efecto”.
Hace cinco años la propuesta de descriminalizar la conducción de automóvil tras consumo de alcohol suscitó la enérgica oposición de las ONG y como resultado de ello fue retirada. Ahora el Ministerio de Justicia tiene nuevas propuestas.
“Incriminar determinados actos que de momento no son tipificados como delitos por el Código Penal, o cuyo tipo penal no es lo suficientemente preciso en la ley. Tales actos son el desfalco y apropiación indebida de dinero público de los fondos europeos. Se podría incriminar con éxito la apropiación de firma ajena puesto que afecta gravemente los intereses de todos los ciudadanos y, por otro lado, el sistema penal no puede poner bajo control este tipo de comportamiento”.
Ha sido propuesto, asimismo, incriminar la propaganda del odio y de la violencia de fundamento político pero, según el viceministro Petkov, la propuesta no prosperará, ya que ha provocado recelos de censura política. El resultado final lo conoceremos durante el examen de las enmiendas al Código Penal Procesal en segunda lectura.
Versión en español por Stoimen Pavlov
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